En el último Pleno extraordinario celebrado en nuestro Ayuntamiento se aprobó una modificación presupuestaria destinada a usar parte del remanente acumulado en años anteriores en la ejecución de inversiones financieramente sostenibles.
Los proyectos cuyos detalles se presentaron por sorpresa en el Pleno y sin tener en cuenta la colaboración ni diálogo previo de los grupos de la oposición para priorizar las necesidades urgentes del municipio ni dejar tiempo suficiente para su análisis y estudio, se centraron sobre todo en unas actuaciones destinadas a mejorar la infraestructura y servicios de determinados Centros Educativos de nuestro municipio, así como la mejora viaria en algunos puntos y el cerramiento con vallas antivandálicas de algunos parques y jardines. Unos proyectos definidos a grandes rasgos en los que llamaba mucho la atención en como estaban presupuestados, con grandes cantidades redondeadas en decenas o cientos de miles de euros, no sabemos si por arriba o por abajo. Algo irregular, seguramente debido a las prisas tomadas por la disposición de plazos, y que genera la inevitable sospecha si el precio final de las obras y actuaciones será ajustado a dichas cantidades previstas y de qué manera.
El puente sobre la autopista A49 será mejorado con un techado peatonal fijo
Pero lejos de criticar la actuación siempre previsible de nuestro gobierno local y porqué no presentaron esta acción de gobierno en 2015 (podrían estar las obras ya comenzadas), nos centraremos en definir que es eso de inversión financieramente sostenible y que limitaciones supone desde la legalidad vigente.
Desde la aprobación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, muchos reclamaron al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que las Corporaciones Locales pudieran destinar los remanentes positivos de tesorería a inversiones, frente a la limitación de destinarlo sólo a amortización de deuda.
A tales efectos, y previo acuerdo en la Comisión Nacional de Administración Local, el Ejecutivo introdujo una disposición adicional en la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, en la que fijaba unas reglas especiales para el destino del superávit presupuestario, y en concreto, se decidió que éste se podría destinar a financiar inversiones, siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta fuese financieramente sostenible.
Faltaba, pues, fijar tanto los requisitos formales como los parámetros que permitieran calificar una inversión como financieramente sostenible, algo que sucedió con la publicación en el BOE del Real Decreto-Ley 2/2014 de 21 de febrero por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados en los dos primeros meses de 2014 por las tormentas de viento y mar en la fachada atlántica y la costa cantábrica. Una Disposición Final de este Decreto contiene la definición del concepto de inversión financieramente sostenible, un requisito necesario para que las Entidades Locales puedan hacer efectiva la inversión del superávit.
Inversiones sostenibles. Definición y límites.
Los Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos podrán destinar su superávit a inversiones que se recojan en los programas presupuestarios de saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas; recogida, eliminación y tratamiento de residuos; alumbrado público; protección y mejora del medio ambiente.
Asimismo, contempla aquellos destinados a la mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos; los incluidos en los capítulos de industria, energía y comercio; la ordenación y promoción turística; la promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte; infraestructuras del transporte y los recursos hidráulicos.
Además, las Entidades Locales podrán invertir en programas relacionados con la investigación científica, técnica y aplicada; la sociedad de la información y la gestión del conocimiento.
Por otra parte, la inversión podrá tener reflejo presupuestario en otros grupos de los siguientes programas: ordenación del tráfico y del estacionamiento; vías públicas; parques y jardines; protección del Patrimonio Histórico-Artístico; carreteras; caminos vecinos y gestión del patrimonio (aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la Entidad Local afectos al servicio público, como por ejemplo la rehabilitación del edificio El Canguro, cuya propuesta por parte de Juntos por Castilleja, bajo una enmienda a la suma de proyectos presentados, fue rechazada por PSOE e ICAS).
Respecto a estos últimos, cuando el gasto de inversión en estos grupos de programas, considerados en su conjunto, sea superior a 10 millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1 o 2 del estado de gastos vinculados a los proyectos de inversión requerirá autorización previa de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
No obstante, quedarán excluidas de esta posibilidad las inversiones con una vida útil inferior a los cinco años como las que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se destinen a la prestación del servicio público de transporte.
De forma excepcional podrán incluirse también indemnizaciones o compensaciones por la rescisión de los contratos, siempre que las mismas tengan carácter complementario y se deriven directamente de actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados a la inversión acometida.
La iniciación del expediente de gasto y el reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá realizar antes de la finalización de 2014. Sin embargo, también se posibilita la ejecución en 2015 (ampliado a 2016) con las debidas cautelas para evitar que sea fuente de desequilibrios financieros.
Para garantizar que estas inversiones no ponen en riesgo la estabilidad financiera de la Corporación municipal, el expediente deberá contar con una memoria económica específica que recoja una proyección de los efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la inversión en el horizonte de su vida útil.
Observamos que todavía queda un largo camino para que estos Proyectos presentados se hagan realidad. No obstante, si todo va sobre ruedas, en tres o cuatro meses podrían comenzar las obras en nuestro municipio. Por parte de nuestro Ayuntamiento ya está todo ‘cerrado y atado’ tras el Pleno extraordinario del lunes 11 de abril.